Además propone elevar el mínimo vital a rango constitucional, mediante, con lo cual se “busca consolidar esta protección como un derecho humano, evitando que el sistema fiscal afecte de manera desproporcionada a quienes menos tienen”
Ciudad de México a 8 de abril del 2026.- Con objeto de garantizar el derecho a un ingreso mínimo vital y definir que no se cobre el ISR a las personas con salarios equivalentes a aproximadamente 20 mil pesos al mes, la secretaria de la Comisión de Hacienda, Marybel Villegas Canché (Morena), anunció un par de iniciativas.
Se trata, explicó, de una reforma al artículo 4º de la Constitución, para elevar el mínimo vital a rango constitucional, mediante, con lo cual se “busca consolidar esta protección como un derecho humano, evitando que el sistema fiscal afecte de manera desproporcionada a quienes menos tienen”.
También, de cambios al artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para que los ingresos correspondientes al mínimo vital no sean objeto de gravamen y proteger así la base económica de los trabajadores.
La intención es definir “un límite claro al cobro de impuestos sobre los ingresos destinados a la subsistencia de las personas.
Esta reforma no solo representa un avance legislativo, sino un acto de justicia social que tendrá impacto directo en millones de trabajadores en todo México y particularmente en Quintana Roo, donde miles de familias destinan la mayor parte de sus ingresos a cubrir necesidades básicas”, señaló.
Villegas Canché, diputada por esa entidad, precisó que “el mínimo vital no es asistencialismo, es justicia fiscal. Es un principio que pone en el centro la dignidad humana y garantiza que ninguna persona tenga que pagar impuestos sobre lo indispensable para sobrevivir”.
La propuesta plantea que el mínimo vital sea el derecho que tiene toda persona a contar con los recursos suficientes para cubrir sus necesidades esenciales como alimentación, salud, vivienda y educación.
Y a partir de este principio, la propuesta considera que el Estado no pueda cobrar impuestos sobre ingresos que permiten a una persona vivir con dignidad.

“Desde el punto de vista jurídico, este concepto ha sido reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como un derecho fundamental vinculado a la dignidad humana, así como a los principios de equidad y proporcionalidad tributaria. En otras palabras, primero debe garantizarse la subsistencia, y solo después, la contribución al gasto público”, indicó.
Si bien no se ha calculado el impacto en la recaudación, se estima que sería menor, en contraste con el efecto en favor de las familias de menores ingresos.